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Declaración de IR-1
Tengo 2 preguntas y me gustaría que me la contesten por favor.
1- Si voy a presentar la Declaración Jurada del IR-1 y cuando busco en datos de terceros solo me aparece las de TSS, es decir, solo aparece el monto de retencion del 5.91% de mi salario entonces me pregunto las retenciones que me han hecho del ISR donde me salen?
2- Si tengo un vehículo pero es financiado, en mi usuario dice que tiene oposición por ese motivo entonces a la hora de hacer la declaración del IR-1 solo debo poner el valor del vehículo que me aparece en la página de ustedes cuando coloco la marca, el modelo, la fuerza motriz y el año, ese valor debo ponerlo de manera informativa y no le debo calcular depresión?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
26.6K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, Yennifer. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, para consultar el valor de las retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISR) que le ha realizado su empleador, dispone de dos vías:
Por la Oficina Virtual:
De manera presencial:
Puede solicitar una certificación de sus retenciones como asalariado, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Tiempo de respuesta:
Importante: El tiempo de vigencia de la certificación de asalariados es de 30 días calendario.
Con relación a su segunda pregunta, le informamos que, si opera con contabilidad organizada puede hacer uso de la depreciación de su vehículo, en caso contrario debe colocar el valor del vehículo que visualiza en nuestros sistemas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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