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Debo reportar en el informe 606 los comprobantes electronicos?
Debo reportar en el informe 606 los comprobantes electrónicos emitidos con serie E41, E43 y E47?
Debo reportar en el informe 609 los comprobantes electrónicos emitidos con serie E47?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 3 meses
Buenas tardes, Veleida. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, los comprobantes recibidas series E si deben ser reportados en su Formato de Envío 606.
Le recordamos que el comprobante E47 debe reportarlo en el 606 y en el 609 solo remite la retención del mismo.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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