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martes, 10 de septiembre de 2024 18:21

Cerrado

Debo reportar en el informe 606 los comprobantes electronicos?

Debo reportar en el informe 606 los comprobantes electrónicos emitidos con serie E41, E43 y E47?

Debo reportar en el informe 609 los comprobantes electrónicos emitidos con serie E47?

Solución oficial

Buenas tardes, Veleida. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, los comprobantes recibidas series E si deben ser reportados en su Formato de Envío 606.

 

Le recordamos que el comprobante E47 debe reportarlo en el 606 y en el 609 solo remite la retención del mismo.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

@Comunidad de Ayuda DGII 8​   Una pregunta esta mal que en el 606 tambien coloque la retencion del B17  O solo lo debo hacer en el 609. ?

Buenos días, Andreina. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, la retención solo debe ser colocada en el Formato 609.

 

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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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@Comunidad de Ayuda DGII 8​ Gracias por su respuesta, sin embargo mi consulta se refiere a los comprobantes emitidos no a los recibidos según indica su respuesta.

Debo reportar en el informe 606 los comprobantes electrónicos emitidos con serie E41, E43 y E47?

Debo reportar en el informe 609 los comprobantes electrónicos emitidos con serie E47?

Favor aclarar, gracias

Buenas tardes, Veleida. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el Formato 606 es el formato de envío para reportar las compras, por ende, se reportan los comprobantes recibidos.

 

Si se refiere a si debe enviarlos en su Formato 607 que es el de ventas, no es necesario debido a que los e-CF llegan automáticamente a esta DGII a través del web service.

 

Los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).

 

Consideraciones Importantes:

  • Al registrar un NCF para pagos al exterior en el formato 606, el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta.
  • La retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.