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Debe una empresa acogida al RST presentar R17 si ha hecho deducción de 10% a personas físicas?
Hola. Entiendo que las empresas acogidas a RST no hacemos declaraciones mensuales ni envíos de 606, 607 entre otros. Pero si he recibido servicio de una Persona Física a quien deduje el 10% de ISR que corresponde, debo entonces presentar el R17 ese mes? Alguna vía o formulario específico por donde registrarlo?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 horas
Buenos días, Xiomara. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, si le corresponde, las únicas presentaciones mensuales de las que se le exime son los formatos de envío de datos y la declaración de ITBIS. Siempre que realice retenciones de ISR, debe presentar su respectivo IR-17.
Reglamento 265-19, Arts. 10 y 22 Párrafo I, II y III.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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