LG

jueves, 11 de febrero de 2021 02:32

Cerrado

Debe el dueño de una empresa estar en nómina?

Saludos,

Debe el dueño de una empresa estar en nómina?. Es esto obligatorio?, Cuáles son las desventajas en caso de que no figure en la nómina?

Solución oficial

Buenos días. Gracias por escribirnos.

 

En este momento, no puedo dar respuesta a su pregunta, le exhortamos a consultar con el área de fiscalización de la administración local que le corresponde, ya que esta área podrá atender en más detalle su requerimiento.

En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19, nuestras oficinas se encuentran brindando asistencia parcialmente de forma remota, por lo que, para recibir la orientación puede escribir a uno de los correos electrónicos especificados en el Aviso 34-20: http://ms.spr.ly/61212p24Q4

 

Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: http://ms.spr.ly/61213p24Qf

 

Es un placer servirle.

293 Mensajes

hace 3 años

Claro, siempre y cuando ejerza una función de trabajo dentro de la Empresa, como puede ser la gerencia o dirección, pues eso es un trabajo remunerado.

138 Mensajes

hace 3 años

Tambien observa que indican los estatutos de la compañia.

2.6K Mensajes

hace 3 años

Toda persona que ejerza una función de forma dependiente dentro de una empresa, debe estar en la nomina para poder pagarle por la función que esté ejerce.

Por el simple hecho de que seas dueño de una empresa no quiere decir que alla que sacarte dinero pretendiendo este gasto ser deducible para fines fiscales.

Si por alguna razón a los dueños le sacan dinero debe considerarse éste como un adelanto a sus beneficios.

Si no lo consideran así, pues será un gasto autoimpugnable para fines fiscales.

138 Mensajes

Perfecto. Me surge una inquietud?

Esto se registra en el Anexo A1 del IT1, en los renglones APORTE PARA FUTURAS CAPITALIZACIONES O EN PRESTAMOS CON ACCIONISTAS?

Buenos días, Richard. Le exhortamos a consultar con el área de fiscalización de la administración local que le corresponde, ya que esta área podrá atender en más detalle su requerimiento.

En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19, nuestras oficinas se encuentran brindando asistencia parcialmente de forma remota, por lo que, para recibir la orientación puede escribir a uno de los correos electrónicos especificados en el Aviso 34-20: http://ms.spr.ly/61212p24Q4

 

Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

 

Es un placer servirle, Richard.