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viernes, 10 de julio de 2026

¿Cuándo se debe reportar la retención del ISR?

La retención del ISR a Proveedores Extranjeros se debe aplicar al momento del registro contable de la factura, y reportarlo en el IR-17 del siguiente mes, o simplemente, se provisiona el 10% de Retención y se reporta en el IR-17 al momento del pago y como reportarlo en el 606 de compras?   Ejemplo: Tengo una factura de un proveedor de España de Junio, la cual ya fue contabilizada y provisionado el 10% de retención, pero no la he pagado aún. - Si la pago en Julio y le aplico la retención del 10% al pago, dicha retención deberá ser reportada a la DGII en el IR-17 de Agosto?

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Solución oficial

Buenas tardes, Gerard. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que la retención de Impuesto Sobre la Renta que deba aplicarse a un pago al exterior debe efectuarse y reportarse únicamente en el período en que se realiza el pago. Es decir, que si el pago se efectuó en julio, la retención debe hacerse en ese momento y reportarse en el mes de agosto, que es cuando corresponde enviar el IR-17 de julio.

 

Importante: El comprobante para pagos al exterior debe emitirse con la fecha del pago para que sea reportada en dicho período. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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