Perfil de Rompeolas_ozama Restaurante Español

domingo, 17 de noviembre de 2024 21:07

Cerrado

cumplimiento de obligacion

ante el problema surgido para poder cumplimentar la obligacion de presentacion de los modelos 606 el cual no puedo generar el archivo para remitir a la DGII por el error antes descrito en esta pagina.

Que ocurre si llegada la fecha de presentacion, no se ha podido solucionar el problema y no ha sido posible la presentacion de la declaracion.

Hay otro metodo para poder presentar a tiempo?

Queda en suspenso hasta que se solucione?

Solución oficial

Buenos días. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede realizar un pago a cuenta, que es un pago que se realiza de manera anticipada sobre un impuesto de un periodo determinado con la finalidad de evitar los recargos por mora e interés indemnizatorio cuando el contribuyente no puede presentar la declaración jurada a tiempo.

 

Puede realizar un  pago a cuenta, a través de las siguientes vías:
 
Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:
  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII
  2. En el menú Solicitudes, presione la opción Pago a Cuenta
  3. Seleccione el impuesto, coloque el monto del pago a cuenta que desea realizar y presione el botón Aceptar.
  4. El sistema le generará una autorización de pago. Verifique los datos presentados, presione el botón Imprimir o Cerrar según corresponda.
  5. Realice el pago en los bancos autorizados o las Administraciones Locales.
 
De manera presencial, presentándose en el área de control de contribuyentes de la Administración Local que corresponde para que le generen la autorización de pago y luego pasar al área de caja a realizar el pago correspondiente.

Importante:

  • El pago a cuenta no exime de la presentación de la declaración.
  • Puede solicitar pago a cuenta de cualquier impuesto y tantas veces sea necesario, hasta la fecha límite de presentación y pago de la obligación, siempre que corresponda al periodo vigente y no haya presentado la declaración.
  • La autorización de pago debe ser utilizada el mismo día en que es generada; en caso contrario, debe generar una nueva.

  • A través de la Oficina Virtual, el contribuyente solo podrá solicitar pago a cuenta de los de impuestos a los que se encuentra obligado*, siempre que corresponda al periodo vigente y no haya presentado la declaración.

     
  • *En el caso del IR-17, no es posible solicitar pago a cuenta a través de la Oficina Virtual, debido a que el mismo no constituye una obligación, sino que dicho impuesto debe ser declarado solo cuando el contribuyente haya efectuado retenciones u otorgado retribuciones complementarias.

  • *En el caso del impuesto a los activos, no es posible solicitar pago a cuenta a través de la Oficina Virtual, debido a que el mismo no constituye una obligación, sino cuando este sea mayor al Impuesto Sobre la Renta (ISR).

  • A través de la Oficina Virtual no es posible solicitar pago a cuenta de los anticipos. A los fines, el contribuyente debe gestionar el pago a cuenta de manera presencial en la Administración Local a la que pertenece.

  • A través de la Oficina Virtual es posible solicitar pago a cuenta de la contribución especial para la gestión integral de residuos sólidos siempre y cuando la obligación se encuentre activa.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.