3 Mensajes
Cumplimiento de art. 281 para FONDOS DE INVERSION
Buenos dias,
Refiriéndonos a los Fondos de Inversión , que son patrimonios autónomos y que son Administrados por otra entidad (las Sociedades Administradoras) en sus diferentes tipologías, los mismos aplican para cumplir con las disposiciones del artículo 281 del Código Tributario establecido en el Reglamento sobre Precios de Transferencias contenido en el Decreto No. 78-14 que establece las operaciones efectuadas entre partes vinculadas o relacionadas. Deben presentar Estudios de Precios y Transferencias?
Tomar en cuenta la naturaleza de las operaciones del mismo.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
14.2K Mensajes
hace 3 días
Buenas tardes, Noely. Gracias por contactarnos.
Sí, deben presentar la DIOR todos los contribuyentes alcanzados por la regulación de precios de transferencia y aquellos respecto de los cuales se verifiquen al menos uno de los supuestos de vinculación establecidos en el artículo 2 del Reglamento 78-14, indistintamente que haya realizado o no operaciones con partes relacionadas en el periodo a declarar.
Importante:
Por sus siglas, Declaración Informativa de Operaciones efectuadas entre partes Relacionadas.
Base Legal: Reglamento 78-14, Art. 18, párrafo I y III; Decreto 256-21, Art.4, Párrafo V.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61210gjbag)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/61211gjba9
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
2
0