Buenas tardes Reyna, el impuesto que resulte a pagar en la presentación de la Declaración Jurada de ITBIS debe ser saldado en esa misma fecha.
La fecha límite para presentar el total del ITBIS e ISC que establece la Norma General 04-13 para las empresas acogidas a regímenes especiales de tributación es a más tardar a los veinte (20) días del mes siguiente al período declarado.
Si la fecha límite de pago coincide con fines de semana o días feriados puedes realizar el pago el próximo día laborable.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Solución oficial
YB
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hace 6 años
La fecha límite para presentar el total del ITBIS e ISC que establece la Norma General 04-13 para las empresas acogidas a regímenes especiales de tributación es a más tardar a los veinte (20) días del mes siguiente al período declarado.
Si la fecha límite de pago coincide con fines de semana o días feriados puedes realizar el pago el próximo día laborable.
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