jueves, 13 de marzo de 2025 15:07

Cuál es el procedimiento a seguir, para dar de baja definitivamente a un contribuyente ?

Buenos días estimados colaboradores, tengo conocimiento de un caso persona física, registrada como contribuyente en la Dirección General de Impuestos Internos, lamentablemente esta persona esta padeciendo de graves problemas de salud, los cuales no le permiten trabajar desde hace varios años, no puede realizar la actividad económica a la que se dedicaba antes de enfermedad. Que se debe hacer ante la Dirección General de Impuestos internos para solucionar esta situación. Agradeciendo su importante colaboración

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Mayra. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, una persona física puede cambiar su condición de contribuyente a registrado cuando deja de operar o cesa de manera definitiva sus operaciones con fines comerciales. A los fines, solo debe solicitar la modificación de su registro a través de la Administración Local a la que pertenece. 


Importante:
  • Para pasar a la condición de registrado, debe estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones.

De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según sea el caso:

  1. Formulario de Declaración Jurada de Registro y Actualización de Datos de Personas Físicas (RC-01) llenado y firmado.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente.
  3. Copia de la Certificación de asalariado o comunicación del empleador (aplica en caso de modificación de actividad económica de Persona Física a Empleado y Obrero).
  4. Copia del Certificado de nombre comercial emitido por ONAPI (aplica en caso de cambio de nombre comercial).
  5. Carta de autorización a terceros (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).
  6. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona autorizada a realizar la solicitud (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).
  7. Copia del Pasaporte (aplica en caso de que el solicitante sea una Personas Física extranjera).
  8. Copia del documento o instrumento jurídico que demuestre el cambio de domicilio (contrato de alquiler notarizado, contrato de servicio telefónico, contrato de electricidad, etc.).
  9. Copia del Certificado del Registro Mercantil actualizado (si lo posee).

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Gracias Rodriguez, por utilizar nuestra Comunidad de Ayuda.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.


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