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jueves, 7 de mayo de 2020 13:58

Cerrado

Cuál es el número de referencia para pago de impuestos en Banreservas (leyes 33-91, 91-83 y 3-2019)

Buenos días,

La Jurisdicción Inmobiliaria del Poder Judicial me requiere el pago de tres impuestos:
a) Ley 33-91 por RD$10
b) Ley 91-83 por RD$50 y
c) Ley 3-2019 por RD$50

Quiero pagar estos impuestos vía NetBanking de Banreservas pero donde dice "número de referencia" no sé qué colocar, he intentado con mi número de cédula, con el número de ley, con descripción y nada, me dice:



Favor indicar cuáles son los números de referencia para esos impuestos.




Solución oficial

1.1K Mensajes

hace 5 años

Buenos días. Te informamos que los sellos del Colegio de Abogados amparados en la Ley 03-19, estos solo pueden ser adquiridos y pagados en las Administraciones Locales, Colecturías y Centros de Servicios de manera presencial.
 
Sin embargo, en vista de la situación del virus COVID-19 en nuestro país esta Dirección General ha suspendido la asistencia presencial, por lo que te exhortamos a mantenerte pendiente a nuestros medios de comunicación para que te enteres cuando se retomen las labores en las Administraciones Locales.

En este momento, se están haciendo las  gestiones necesarias para  que la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo pueda proveer los sellos del Colegio de Abogados, Ley 3-19,  por los que se les invita a que se  mantengan atentos a las redes institucionales  e informaciones oficiales.

Te exhortamos mantenerte verificando nuestros canales de comunicación oficiales, a fin de que puedas enterarte cuando sean nuevamente abiertos estos trámites.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

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Y las demás leyes?:

a) Ley 33-91 por RD$10
b) Ley 91-83 por RD$50

4.8K Mensajes

Buenos días. En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 no estamos recibiendo solicitudes de manera presencial, por lo que, te exhortamos mantenerte verificando nuestros canales de comunicación oficiales a fin de que te enteres cuando sean abiertos nuevamente estos trámites.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!