Debe utilizar un comprobante de proveedor informal, siempre y cuando, la persona a emitirle el comprobante no se encuentre registrada en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), o que a su vez, esté registrada con una actividad económica que no genera obligaciones.
Solución oficial
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hace 6 años
Notas:
• La factura sustentada con un comprobante de compras deberá tener el formato indicado en la Norma General 06-2018.
• Puedes consultar los formatos de dicha Norma, ingresando a nuestro Portal Web DGII mediante el siguiente enlace: https://dgii.gov.do/cicloContribuyente/facturacion/comprobantesFiscales/Paginas/formatosFactura.aspx
En otro orden, si vendes bienes o servicios a personas no registradas como contribuyentes, debes emitir una Factura de Consumo (B02).
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Felix Alvarez
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hace 6 años
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