Buenas tardes Luis, esta Dirección General no interfiere en cuanto a las relaciones bancarias en el exterior de los contribuyentes. Por lo que, te recomendamos comunicarte directamente con la Super Intendencia de Bancos, para que estos te orienten sobre tu caso, ya que, es quien se encarga de la super¬visión y gestión de las enti¬dades de inter¬me¬diación financiera, con el objeto de ver¬i¬ficar el cumplim¬iento de lo dis¬puesto en las diferentes Leyes, Reglamen¬tos, Instruc¬tivos y Cir¬cu¬lares concernientes; requerir la con-sti¬tu¬ción de pro¬vi¬siones para cubrir ries¬gos; exi¬gir la reg¬u¬lar¬ización de los incumplim¬ien¬tos a las dis¬posi-ciones legales y reglamen¬tarias vigentes; e imponer las cor¬re¬spon¬di¬entes san¬ciones, a excep¬ción de las que aplique el Banco Cen¬tral en vir¬tud de la Ley.
Dirección av. México No. 52 esq. Leopoldo Navarro, Santo Domingo, R. D. Teléfono: (809) 685-8141
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Solución oficial
Beatriz De La De La Rosa
1.2K Mensajes
hace 7 años
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Yadira Guílamo Hernádez
37 Mensajes
hace 7 años
́Positivo Luis, una empresa constituida en RD puede abrir cuentas bancarias en otros países.
A nivel tributario no existe ningún impedimento.
Saludos,
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