Perfil de laura

domingo, 2 de junio de 2019 11:08

Cerrado

cual es el proceso de presentacion de los documentos de cobro y pago dento del plazo legal ante la liquidacion de impuesto

Solución oficial

2.1K Mensajes

hace 5 años

Buenos días, por favor especificarnos mejor su consulta a fin de asistirle. Las obligaciones tributarias de los contribuyentes una vez están incorporados al RNC dependen de la actividad económica que realizan o desempeñan y el tipo de contribuyente. 

En ese sentido, le exhortamos que se dirija a la Administración Local que le corresponde y consulte con el Oficial de Control que le es asignado para que éste le informe de acuerdo a su actividad económica y tipo de contribuyente, las obligaciones tributarias que le corresponden y en qué fecha debe cumplirlas.

Importante: Para conocer a cuál Administración Local pertenece, puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 5 años

Debe ser mas especifico

hace 5 años

Buenos días,
Laura, debes indicar si es persona física o empresa, y el sector económico al que pertenece.

Saludos

hace 5 años

Buenos días Laura, saludos

A continuación presentamos las obligaciones de presentación de declaraciones ante el organismo de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de una persona jurídica y persona física,

A.- Obligaciones de las PERSONAS JURÍDICAS:

Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2)​ ​​

La Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) debe ser presentada a más tardar 120 días después de su fecha de cierre:
  • Fecha de cierre al 31 de marzo: 29 de julio del 2019.
  • Fecha de cierre al 30 de junio: 28 de octubre del 2019.
  • Fecha de cierre 30 de septiembre: 28 de enero del 2019.
  • Fecha de cierre 31 de diciembre: 30 de abril del 2019.​
Consideraciones Importantes: El impuesto que resulte a pagar debe ser saldado en esa misma fecha.​

Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Activos (ACT).
La Declaración Jurada del Impuesto a los Activos debe ser presentada en la misma fecha límite que la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el impuesto que resulte a pagar debe ser saldado en dos cuotas iguales, venciendo la primera en la misma fecha límite fijada para el pago del ISR y la segunda en un plazo de seis (6) meses contados a partir del vencimiento de la primera cuota, como se muestra a continuación:

Primera Cuota: 
  • Fecha de cierre al 31 de marzo: a más tardar el 29 de julio 2019.
  • Fecha de cierre al 30 de junio: a más tardar el 28 de octubre del 2019.
  • Fecha de cierre al 30 de septiembre: a más tardar el 28 de enero del 2019.
  • Fecha de cierre al 31 de diciembre: a más tardar el 30 de abril del 2019.

    Segunda Cuota:
     
    • Fecha de cierre al 31 de marzo: a más tardar el 30 de enero 2019.
    • Fecha de cierre al 30 de junio: a más tardar el 30 de abril del 2019.
    • Fecha de cierre al 30 de septiembre: a más tardar el 29 de julio 2019.
    • Fecha de cierre al 31 de diciembre: a más tardar el 30 de octubre del 2019.
    Consideraciones Importantes:
    Cuando la Administración Tributaria prorrogue la fecha de presentación y pago del Impuesto Sobre la Renta, automáticamente se considerará prorrogado este impuesto por igual plazo.​

    Declaración jurada mensual de Impuesto sobre las Transferencias de Bienes y Servicios (IT-1)
    A más tardar el día 20 de cada mes.

    Declaración jurada mensual de Retenciones de Asalariados (IR-3) 
    A más tardar el día 10 de cada mes.

    Declaración Jurada Mensual de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17)
    A más tardar el día 10 de cada mes.

    Fechas límites de los formatos de envío de datos
     
    El envío de las informaciones de los formatos 606, 607, 608, 609 deberá realizarse los primeros 15 días del mes siguiente al de la facturación del bien o servicio.
     
    En el caso de las personas físicas, jurídicas, negocios de único dueño y entidades gubernamentales que por su naturaleza deban enviar reportes específicos, deberán hacerlo en la forma, condición y plazo que disponga la DGII.

    B.- Obligaciones de las PERSONAS FÍSICAS:

    La fecha límite para la presentación y pago de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta para Personas Físicas IR-1 es hasta el día 31 de marzo de cada año. Si la fecha límite de pago coincide con fines de semana o días feriados puede realizar el pago el próximo día laborable.

    La fecha límite para la presentación de la declaración y pago del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios IT-1 son los primeros veinte (20) días del mes siguiente al período declarado.
     
     La fecha para presentar y pagar la Declaración de Retenciones de Asalariados IR-3 es a más tardar el día 10 de cada mes.
     
     La fecha límite para la presentación de las retenciones y retribuciones complementarias IR-17, son los primeros diez (10) días del mes siguiente al período declarado.
     
    El envío de las informaciones de los formatos 606, 607, 608 y 609 deberá realizarse los primeros 15 días del mes siguiente al de la facturación del bien o servicio.

    Sin otro particular, se despide

    Cordialmente,


    Luis Felipe
    Colaborador Comunidad de Ayuda DGII