jueves, 7 de marzo de 2024 14:01

Cerrado

Crédito fiscal por implementación de la Facturación Electrónica

Saludos

Me pueden indicar los pasos a seguir para solicitar la compensación del crédito fiscal por implementación de la Facturación Electrónica por favor.

Solución oficial

Buenas tardes, Rubí. ¡Gracias por contactarnos!

 

Para solicitar la compensación del crédito fiscal por implementación de la Facturación Electrónica debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de información de las Administraciones Locales, los siguientes documentos:

  1. Carta de solicitud firmada por el solicitante. En caso de tratarse de una persona jurídica, debe estar sellada y firmada por el representante autorizado.
  2. Relación del detalle de los gastos incurridos para la implementación de la facturación electrónica con sus respectivos comprobantes fehacientes de pago (obligatorio en caso de contratar los servicios de un proveedor autorizado). 
  3. Registros contables relacionados (obligatorio en caso de contratar los servicios de un proveedor autorizado).
  4. Sustento de las horas trabajadas producto de la implementación de la facturación electrónica (obligatorio en caso de desarrollar un sistema propio).

Importante:

 

Para la aplicación de este crédito, el contribuyente debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) actualizado.
  • Estar registrado como contribuyente con obligaciones tributarias a su cargo.
  • Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes formales.
  • Haber implementado el Sistema de Facturación Electrónica en periodo de voluntariedad, exceptuando aquellos que fueron autorizados mediante el facturador gratuito.
  • No encontrarse acogido a regímenes especiales de tributación con exención de impuestos.

¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.