viernes, 22 de mayo de 2026

Costo Extranjero en Importaciones

Buen dia estimados, tengo una duda en relación a mis ventas que tengo en Dominicana, mis costos son del extranjero, todo es importación

El impuesto, lo estoy pagando a través de renta presuntiva, Facturo en Dominicana, con comprobantes locales, mis costo de importaciones, tengo los comprobantes del extranjero por parte de mis proveedores, en mis declaraciones juradas, declaro el ingreso y costo, obtengo mi utilidad, pago el 27% del impuesto.

Me están comentando, que debo emitir comprobantes de gastos menores por mis compras del extranjero, me genero la duda, si estoy en lo correcto, o debo emitir el comprobante para respaldar la compra.

Saludos.

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Solución oficial

Buenas tardes, Adolfo. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que no es necesario sustentar en comprobantes fiscales las importaciones de bienes. En tal sentido, para conocer cómo reportará y sustentará estas compras, le invitamos a consultar la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA907 ¿Cómo debo reportar la compra de bienes realizadas en el exterior?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​ Gracias por la respuesta tan atenta, en esta caso, son servicios de logística, una entidad intermediaria, tenemos la trazabilidad del servicio, los bienes pertenecen al cliente, el trámite en aduana está a nombre del cliente, los costos del extranjero por los fletes y costos incrementales, están a nuestro nombre.

Sería la misma interpretación,?

Gracias de antemano.

Buenas tardes, Adolfo. Gracias por contactarnos.

 

 La respuesta anterior estaba orientada a compra de bienes. En el caso de los pagos de servicios, deberán sustentarse en comprobantes para pagos al exterior (B17 o E47), efectuando la retención de un 27% correspondiente a Impuesto Sobre la Renta.

 

No obstante, cuando se trate de pagos por fletes en importaciones realizados a sociedades extranjeras no domiciliadas en República Dominicana, podrán sustentar como costos y/o gastos, las facturas y/o conocimientos de embarque emitidos por el suplidor internacional del servicio de flete. 

 

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