4 Mensajes

jueves, 20 de marzo de 2025 17:29

Cerrado

Corregir información IR-3 NO DECLARADO - PERIODO NO VIGENTE

Saludos 

Favor apoyo en esta consulta, enviamos las informaciones a la TSS, la cual ya fue pagada, pero necesitamos corregir la información de este periodo el cual ya no esta vigente (aun no declarado IR-3). Como proceder para poder corregir la información ? 

Solución oficial

Buenas tardes, Katy. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para realizar una rectificativa del IR-3 debe seguir estos pasos:

 

Primero:

  1. Realice las correcciones de su(s) nómina(s) a través de la Tesorería de Seguridad Social (TSS).

Segundo:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.

  2. En el menú Declaraciones Juradas, escoja la opción Declaración IR-3.

  3. Digite el año fiscal, elija el mes sobre el cual desea realizar la rectificativa y presione el botón Consultar.

  4. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole:este periodo tiene una declaración presentada. Se ha generado un IR-4 actualizado y en estatus pendiente, la fecha de la última actualización, periodo seleccionado y cuatro opciones (Descargar IR-4, Rectificar IR-3, Eliminar IR-3 y Consultar otro periodo).

  5. Pulse la opción Descargar IR-4, a fin de constatar que la información que contiene es la correcta y posteriormente presione la opción Rectificar IR-3.

  6. Visualizará en pantalla la Declaración IR-3 con los cálculos realizados, complete las casillas del formulario con las informaciones correspondientes, según corresponda (Pago a Cuenta, Saldo a Favor Anterior, Crédito Gastos Educativos IR-18, Crédito Autorizado) y presione la opción de Enviar Documento.

  7. El sistema le preguntará si desea enviar la declaración, presione el botón Aceptar.

  8. Visualizará en pantalla un mensaje informándole que la declaración ha sido rectificada correctamente y que verifique los valores en la cuenta corriente, presione el botón Aceptar.

Tiempo de respuesta: inmediato

Costo del servicio: N/A

Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas que tienen la obligación de presentar IR-3.

Cuando solicitar:
Según necesidad.

 

Consideraciones Importantes:

 

En caso de que la rectificativa sea del periodo vigente y no haya efectuado el pago, lo que procede es eliminar la declaración  para su posterior presentación.

Si la rectificativa corresponde a un periodo anterior a enero 2012, debe realizarse de manera presencial.

Las correcciones realizadas en TSS se reflejan en el IR-4  en un tiempo aproximado de 24 horas.

Si al momento de realizar rectificar en TSS, presenta la siguiente alerta: “DGII debe autorizar el envío de rectificativas para este empleador/período” debe enviar un correo electrónico a oficinavirtual@dgii.gov.do, con la siguiente información:

1. RNC de la empresa.
2. Descripción detallada del caso.
3. Captura de la pantalla donde aparece la alerta.
4. Nombre y teléfono de la persona que lo reporta (opcional).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.