Perfil de Claudio Feliz

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domingo, 16 de agosto de 2026

.:: Contribución y pago de los residuos solidos para entidades sin fines de lucro (ISFL) ::.

Saludos estimados.

Conforme al párrafo III del artículo 36 de la Ley Núm. 225-20, modificado por el artículo 04 de la Ley Núm. 36-26. actualmente las instituciones sin fines de lucro (Iglesias, Cooperativas, Entidades educativas, entre otras), están sujetas u obligadas al pago de los residuos solidos?

quedo al pendiente.

Gracias de antemano.

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Solución oficial

Buenos días, Claudio. Disculpe la espera.

 

 En atención a su consulta, le invitamos a mantenerse pendiente a las próximas publicaciones oficiales de Impuestos Internos, ya que hasta ahora no se encuentra disponible información oficial respecto a las disposiciones de la Ley 36-26 por parte de esta institución.

 

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