jueves, 8 de mayo de 2025 15:12

Cerrado

Consultoría medioambiental a empresa extranjera.

Estimados señores:

Buen día, una persona física le facturará a una empresa extranjera los servicios por consultoría mediambiental, la empresa extranjera le hará el pago directamente, cómo funcionaría las retenciones de ISR e ITBIS facturado? El propido consultar debe hacer las declaraciones y pagos de las retenciones? tomando en cuenta que el pago lo recibirá desde el exterior y la empresa extranjera no podrá hacer esas retenciones locales, cómo funcionaría? Aplica o no cargar ITBIS en esa factura? Favor su ayuda.

Saludos,

Tilson.

Solución oficial

Buenas tardes, Tilson. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, En la prestación de servicios al exterior, corresponde emitir un comprobante fiscal de tipo 02 (Factura de Consumo).

 

En ese mismo orden, las retenciones deben ser realizadas por quien efectúa el pago, es decir, la empresa extranjera deberá cumplir con las disposiciones fiscales del país en el que está domiciliada.

 

Asimismo, el pago del impuesto en el mercado local corresponde realizarlo mediante la declaración jurada IR-1, ya que el ingreso recibido debe ser transparentado en dicha declaración.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​ Muchas gracias por su pronta respuesta, entonces entiendo que no aplica cargar ITBIS en la factura, es correcto?

Saludos,

Tilson. 

Buenas tardes, Tilson. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, los servicios exportados se encuentra exentos del ITBIS.

 

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Muchas gracias, excelente servicio!!!!

Buenas tardes, Tilson.

                        

Gracias por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

 

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