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lunes, 31 de marzo de 2025

Cerrado

Consulta variadas sobre RST

Buenas,

Tengo varias preguntas sobre una compañia acogida al RST por ingresos.

1. Puedo poner un inmueble de inversion a nombre de una empresa que esta acogida al RST por ingresos? de ser asi que se pagaria de IPI?

2. De lo que la empresa cobre en alquiler de ese inmueble, se le puede transferir dinero a los socios/accionistas sin ningun problema (sin pagar impuestos) o se debe de hacer alguna declaracion para pagar impuestos?

Ahora, en otro escenario:

3. Si tengo una empresa acogida en RST por compra y estoy recibiendo un pago mensual de una renta, en el cual me retienen el 18%, que debo de pagar por esos ingresos?

Quedo pendiente y gracias de ante mano.

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Solución oficial

Buenas tardes, David.  Gracias por contactarnos.

 

A fin de brindarle una asistencia especializada, envíenos su consulta directamente al correo electrónico: oficinavirtual@dgii.gov.do especificándonos su RNC/Cédula, un número de teléfono (por si es necesario contactarle), a fin de que podamos realizar las verificaciones de lugar y brindarle la asistencia requerida.

 

Importante: Una vez remita el correo, necesitamos que por favor nos indique desde cuál dirección electrónica envió lo solicitado, para fines de seguimiento. En caso de no recibir respuesta de su parte en un lapso de 24 horas, procederemos con el cierre de su caso.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

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Yo mande un correo hace mas de una semana desde el correo david@belenrd.com y no he tenido respuesta. Solo que se lo remitieron al departamento indicado, pero ya van 2 dias laborables de que me enviaron ese correo. Si me pueden asistir por favor.

Gracias

Buenas tardes, David. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe indicarnos el número de caso que le fue asignado al momento de enviar el correo, con el fin de que podamos verificar el estatus del mismo.

 

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Buenos dias!

Este es el numero de caso que se me asignó 121500.

Gracias!

Buenas tardes, David. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el mismo está siendo canalizado con el departamento de RST, una vez nos den respuesta, le estaremos respondiendo vía correo electrónico.

 

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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