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Consulta tributaria sobre la aplicación del Artículo 305 del Código Tributario a un pago al exterior
Buenas tarde,
Deseo realizar una consulta tributaria relacionada con un pago al exterior.
Mi empresa dominicana, , debe pagar una factura emitida por una empresa francesa . Esta factura corresponde a una comisión por intermediación comercial que permitió a nuestra empresa obtener dos contratos de auditoría realizados íntegramente en Francia para un cliente francés.
En este caso:
- el proveedor es una empresa francesa sin establecimiento permanente en la República Dominicana;
- la actividad de intermediación comercial fue realizada en Francia;
- los servicios de auditoría fueron ejecutados íntegramente en Francia para un cliente francés;
- el pago será efectuado por nuestra sociedad dominicana.
Agradecería que me indicaran si este pago debe considerarse una renta de fuente dominicana, sujeta a la retención del 27 % prevista en el artículo 305 del Código Tributario.
En caso afirmativo, les agradecería indicar el fundamento legal por el cual dicha comisión constituye una renta de fuente dominicana, tomando en consideración las circunstancias antes descritas.
Asimismo, agradecería me confirmaran si, para este tipo de operación, corresponde emitir un NCF tipo B17 (Pago al Exterior) y cumplir con las demás obligaciones fiscales relacionadas.
Muchas gracias por su orientación.
Atentamente,
Sylvie Martin Lacosta


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
29.1K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Sylvie. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, le recomendamos que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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