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Consulta Tributaria conforme al Artículo 38 del Código Tributario (Ley 11-92) — Tratamiento fiscal de ganancias de capital en ETF domiciliado en el extranjero, modalidad de acumulación
Actividad económica: Actualmente soy Asalariado / Empleado privado
Antecedentes:
El contribuyente mantiene una cuenta de inversión en el corredor internacional Interactive Brokers LLC, a través de la cual invierte en el fondo cotizado (ETF) Vanguard FTSE All-World UCITS ETF (USD) Accumulating (VWRA), domiciliado en la República de Irlanda, cotizado en la Bolsa de Valores de Londres (London Stock Exchange).
Se trata de un ETF de la modalidad de acumulación (Accumulating), lo cual significa que el fondo no distribuye dividendos en efectivo a sus inversionistas; en su lugar, reinvierte automáticamente dentro del propio fondo cualquier ingreso generado por los valores subyacentes. En consecuencia, el contribuyente nunca recibe flujo de efectivo, dividendo, ni distribución alguna de este instrumento mientras mantenga la inversión sin vender.
El contribuyente realiza aportes periódicos (mensuales) para la compra de participaciones adicionales de dicho ETF, sin haber realizado hasta la fecha ninguna venta ni retiro de fondos de la cuenta.
Consulta:
- ¿En qué momento se configura el hecho generador del Impuesto Sobre la Renta respecto de la plusvalía generada dentro de un ETF de acumulación domiciliado en el extranjero: (a) mientras el fondo reinvierte internamente sin distribución alguna al inversionista, (b) al momento en que el contribuyente venda sus participaciones dentro de la cuenta de corretaje extranjera, aun cuando el efectivo resultante permanezca en dicha cuenta sin repatriarse a República Dominicana, o (c) únicamente al momento en que los fondos sean transferidos a una cuenta bancaria en territorio dominicano?
- Mientras el contribuyente únicamente realice aportes/compras adicionales sin efectuar ventas, ¿existe alguna obligación de declaración anual respecto de la mera tenencia de dicha cuenta de inversión en el extranjero?
- ¿Cuál es el procedimiento correspondiente para que el contribuyente, quien actualmente no presenta Declaración Jurada Anual (IR-1) por ser asalariado con retención en la fuente, proceda cuando corresponda declarar las rentas antes descritas?


Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuest .
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hace 15 días
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