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Consulta sobre tributación de inversiones financieras extranjeras – Artículo 271 del Código Tributario
Estimados señores de la DGII:
Me gustaría realizar una consulta sobre la aplicación del artículo 271 del Código Tributario y el Aviso 22-25.
Supuesto planteado:
Una persona física extranjera, de nacionalidad no dominicana, que nunca ha sido residente fiscal en República Dominicana, adquiere por primera vez la residencia fiscal dominicana en el año 2027.
Su única fuente de ingresos consiste en inversiones realizadas con su propio patrimonio, a través de intermediarios financieros extranjeros, en mercados internacionales. Concretamente:
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Compraventa de acciones de empresas cotizadas en bolsas extranjeras.
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Operaciones con derivados financieros extranjeros (opciones).
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Venta en corto de acciones de empresas cotizadas en bolsas extranjeras (short selling).
Todas las operaciones se realizan por cuenta propia, sin gestionar capital de terceros ni prestar servicios financieros a clientes.
Mi consulta es la siguiente:
¿Podrían confirmar si las ganancias obtenidas de estas tres actividades estarían exentas de tributación en República Dominicana durante los ejercicios fiscales 2027 y 2028, conforme al artículo 271 del Código Tributario, comenzando a estar sujetas a tributación únicamente a partir del ejercicio 2029?
Asimismo, ¿el hecho de que estas operaciones se realicen de forma habitual y constituyan la única fuente de ingresos del contribuyente podría modificar su clasificación como rentas de inversiones y ganancias financieras de fuente extranjera o afectar a la aplicación del artículo 271?
Les agradecería una confirmación expresa sobre el tratamiento fiscal de cada una de las tres actividades mencionadas.
Muchas gracias por su atención.
Un cordial saludo.


Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 8 horas
Buenos días, Giovanni. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.
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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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