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Consulta sobre tratamiento fiscal de operación de intermediación comercial internacional (merchanting)
Estimados señores:
Nos encontramos diseñando la estructura operativa de una sociedad dominicana dedicada al comercio internacional y deseamos confirmar el tratamiento fiscal aplicable antes de iniciar este tipo de operaciones.
El escenario sería el siguiente:
- Una sociedad dominicana adquiere mercancías de un proveedor ubicado en el extranjero y realiza el pago directamente a dicho proveedor.
- Posteriormente, la sociedad dominicana vende esa misma mercancía a una empresa relacionada ubicada en los Estados Unidos.
- La empresa estadounidense vende al cliente final.
- La mercancía nunca ingresa al territorio dominicano, sino que es embarcada directamente desde el proveedor extranjero hacia el cliente final, quien figura como importador de la mercancía en su país.
Agradeceríamos nos orientaran sobre los siguientes aspectos:
- ¿Cuál es el tratamiento fiscal aplicable en República Dominicana para este tipo de operación de intermediación comercial internacional (merchanting)?
- ¿Hay algun comprobante fiscal que corresponde emitir por la venta realizada por la sociedad dominicana a la empresa estadounidense?
- ¿La compra efectuada al proveedor extranjero constituye un costo fiscalmente deducible para fines del Impuesto sobre la Renta, aun cuando la sociedad dominicana no figure como importadora de la mercancía?
- ¿Existe alguna disposición normativa, reglamentaria o criterio administrativo que regule este tipo de operaciones?
Nuestro interés es estructurar estas transacciones de conformidad con la normativa vigente desde el inicio.
Agradecemos de antemano su orientación.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.5K Mensajes
hace 1 día
Buenas tardes, Federico. Gracias por contactarnos.
Para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, y debido al nivel de análisis que requiere esta consulta, así como a los diversos factores que se deberán considerar; le recomendamos que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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