miércoles, 1 de julio de 2026

Consulta sobre tipo de NCF a emitir a un contribuyente

Me gustaría recibir orientación sobre el tipo de Número de Comprobante Fiscal (NCF) que corresponde emitir en el siguiente caso:

Se trata de un persona extranjera inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), cuya actividad económica regisrada figura como Participación en empresas / Asalariado / Obrero / Propietario de Inmueble.  

Tomando en consideración que el cliente se encuentra inscrito en el RNC, agradecería me indiquen si corresponde emitir un NCF con valor fiscal (crédito fiscal) o un NCF de consumo, y si la factura debe emitirse utilizando el RNC que ya tiene asignado.

Agradezco de antemano su orientacion y quedo atenta a sus comentarios.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Noemí. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que este tipo de RNC corresponde a una persona registrada sin obligaciones tributarias, por lo que no será necesaria la emisión de un comprobante para crédito fiscal. En tal sentido, le recomendamos generar una factura de consumo para sustentar esta venta, registrando el número de pasaporte del extranjero, en caso de que la venta sobrepase los RD$ 250,000.00 y no se trate de una exportación de bienes tangibles.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

 

Muchas gracias por su pronta respuesta.  

 

Solo quisiera confirmar un último punto.

 

Aunque el extranjero tenga un RNC asignado por la DGII, la factura de consumo debe emitirse utilizando únicamente el número de pasaporte y no el RNC?

Buenos días, Noemí. Gracias por contactarnos.

 

Aun con la existencia del RNC, lo recomendable es registrar el pasaporte en este caso. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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Es un placer servirle.