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Consulta sobre retenciones del 2% para empresa acogida al RST
Buenas tardes:
Quisiera consultar sobre el tratamiento de las retenciones del 2% realizadas por las compañías adquirentes a una empresa acogida al Régimen Simplificado de Tributación (RST).
En particular, agradecería confirmar lo siguiente:
- Si dichas retenciones pueden ser deducidas o compensadas en la declaración anual del RST.
- Si existe la posibilidad de solicitar una certificación para evitar que se continúen aplicando estas retenciones.
Quedo atenta a su orientación sobre el procedimiento aplicable.
Gracias de antemano.



Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
29.4K Mensajes
hace 10 horas
Buenas tardes, Taina. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA4500 ¿Los contribuyentes acogidos al RST ingresos están sujetos a la retención y percepción que deben realizar las compañías de adquirencia o adquirentes, agregadores de pago y entidades de pagos electrónicos?
Importante: Favor de tener en cuenta leer las consideraciones importantes al final de la respuesta indicada en el enlace.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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