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Consulta sobre retención de ITBIS en patrocinio entre entidades sin fines de lucro
Buenas tardes:
Somos una persona jurídica sin fines de lucro y recibimos una factura con ITBIS por concepto de patrocinio publicitario, emitida por otra entidad sin fines de lucro.
En este caso, ¿debemos retener el 100 % del ITBIS facturado, aun cuando ambas entidades somos sin fines de lucro?
Muchas gracias por su orientación.


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