lunes, 14 de abril de 2025

Cerrado

Consulta sobre retención de ITBIS a proveedor informal

Buen día,

Quisiera confirmar si cuando contrato a una persona física que no tiene RNC ni emite comprobante fiscal, y el servicio está gravado con ITBIS, puedo emitir un comprobante de proveedor informal (tipo 11) y retener el 18% del ITBIS del monto acordado con el proveedor, además del 10% de ISR.

Es decir, si es correcto descontar ambos impuestos del pago que se le hace al proveedor informal.

Agradezco mucho su ayuda para asegurarme de estar cumpliendo correctamente con las obligaciones fiscales.

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Ester. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si, si la Persona Física no se encuentra registrada en esta DGII, ese es el procedimiento correcto para reportar dicho gasto correspondiente a un servicio profesional que haya adquirido.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.