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Consulta sobre requisitos para rectificativa de ITBIS
Estimados señores de la DGII,
Reciban un cordial saludo.
Por este medio, les escribo con el objetivo de solicitar información sobre los requisitos y/o documentación necesaria para realizar una rectificativa de una declaración de ITBIS.
La rectificación que se desea realizar no corresponde a un ITBIS adelantado, sino que obedece a un error involuntario en la digitación de la información, ya que por equivocación se colocó el monto de los ingresos en una columna que no corresponde dentro de la declaración presentada.
Agradecería mucho su orientación sobre el procedimiento correcto a seguir, así como cualquier documento adicional que deba ser anexado para completar dicha rectificación conforme a la normativa vigente.
Quedo atenta a sus comentarios.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 1 mes
Buenos días, Massiel. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA2192 ¿Qué debo hacer para rectificar una declaración jurada de manera voluntaria?
Importante: Los documentos de soporte pueden variar dependiendo de cada caso en específico y pueden ser requeridos según el análisis y criterio del área de Fiscalización. En primera instancia, lo que corresponde es que presente los documentos con los que pueda demostrar que la información que presentará en la rectificativa es la correcta y refleja la realidad de las transacciones de la empresa para el período en cuestión o que demuestren lo contrario respecto la información que figura actualmente presentada, como por ejemplo: facturas, estados de cuentas, contratos, etc.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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