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lunes, 17 de marzo de 2025 03:29

Cerrado

Consulta sobre reporte de pago al exterior por licencias de software

Saludos.

Me gustaría saber cuál es la forma correcta de reportar un pago al exterior por concepto de licencias de software en este caso (ZOOM). Entiendo que lo correcto es solicitar un comprobante B17 y reportarlo tanto en el 606 como en el 609. Sin embargo, también entiendo que este tipo de comprobantes solo se utilizan cuando al pago al exterior se le aplicará una retención. Dicho esto, ¿qué es lo correcto? ¿Hacerlo como mencioné anteriormente sin la retención o únicamente reportarlo en el 609?

Solución oficial

Buenos días, Wensali. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, los pagos efectuados al exterior por la adquisición de bienes intangibles, como la transferencia del derecho de propiedad por parte del desarrollador o propietario del programa de software, deben ser reportados en el Formato de Pagos al Exterior 609.

 
Importante:
  • En este tipo de pagos no se debe emitir comprobante de pagos al exterior, ya que estos se utilizan para sustentar pagos de rentas gravadas de fuente dominicana a Personas Físicas o Jurídicas no residentes fiscales y en los que se deba realizar la retención total del Impuesto Sobre la Renta, de conformidad con los artículos 297 y 305 del Código Tributario y la adquisición de bienes intangibles no se encuentra sujeta a dicha retención.

  • Al reportar este tipo de pagos, en la casilla ISR Retenido se deben colocar 0.00.

  • Debe conservar el documento de compra emitido por el proveedor del exterior.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.