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Consulta sobre regularización de e-CF emitido por monto inferior al valor real del servicio
Por medio de la presente, solicito su orientación respecto al siguiente caso:
Se emitió una Factura de Crédito Fiscal Electrónica (E31) por un monto inferior al valor real del servicio prestado, debido a un error al momento de la facturación. Posteriormente, verificamos que la empresa adquirente (contribuyente acogido al Régimen Simplificado de Tributación - RST) registró el monto real pagado, el cual es superior al consignado en el e-CF emitido.
El e-CF fue aceptado por la DGII y no ha sido objeto de anulación.
En ese sentido, agradecemos nos indiquen cuál es el procedimiento correcto para regularizar esta situación, específicamente:
- ¿Procede la emisión de una Nota de Débito Electrónica (E33) para incrementar el monto de la factura hasta reflejar el valor real del servicio?
- En caso de no proceder la Nota de Débito, ¿cuál es el mecanismo autorizado por la DGII para corregir un e-CF emitido por un monto inferior al que realmente debió facturarse?
- ¿Existe algún tratamiento especial por el hecho de que el adquirente esté acogido al Régimen Simplificado de Tributación (RST)?
Agradecemos de antemano su orientación para realizar la regularización conforme a la normativa vigente.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.8K Mensajes
hace 20 días
Buenos días, Amelia. Disculpe la demora.
En atención a su consulta, le informamos que puede emitir nota de débito electrónica para corregir el monto de la factura. No habrá ninguna implicación adicional por tratarse de un cliente acogido al RST.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.8K Mensajes
hace 20 días
Buenos días, Amelia. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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