Perfil de Andy Tejada

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lunes, 19 de octubre de 2026

Consulta sobre la integración de un sistema propio a la facturación electrónica

Estimados señores de la DGII:

Actualmente, estoy utilizando el facturador gratuito de la DGII; sin embargo, me gustaría integrar mi sistema de desarrollo propio a la plataforma de facturación electrónica de la institución.

En ese sentido, quisiera saber si al iniciar el proceso de integración perdería inmediatamente el acceso al facturador gratuito de la DGII.

En caso de que el acceso no se pierda de inmediato, ¿existe un plazo establecido para completar la integración? Asimismo, ¿qué sucedería si no logro culminar el proceso dentro del plazo establecido?

Agradezco de antemano su atención y orientación al respecto.

Saludos cordiales.

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Solución oficial

Buenas tardes, Andy. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que su autorización al uso del Facturador Gratuito se revocaría cuando ya haya culminado por completo el proceso de autorización como emisor electrónico mediante el otro software de facturación electrónica, encontrándose listo para facturar a través de dicho software; mientras tanto, podrá continuar haciendo uso del Facturador Gratuito, aun cuando se encuentre en proceso de implementación del nuevo sistema. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

23 Mensajes

Estimados señores de la DGII:

Siguiendo el hilo de nuestra conversación anterior, quisiera consultarles si podría existir algún inconveniente fiscal o legal al continuar utilizando mi sistema de gestión propio en paralelo con el facturador gratuito de la DGII.

Me gustaría aclarar que mi sistema no se limita únicamente a la emisión de facturas, sino que constituye una herramienta integral para la organización, administración y control de las operaciones de mi negocio. Entre sus funcionalidades se encuentran el registro y la teneduría de los libros contables, la gestión y el control de inventarios, así como la administración de las cuentas por cobrar y por pagar, entre otras funciones.

Por esta razón, mi intención es conservar mi sistema como herramienta principal para la gestión interna del negocio y continuar utilizando el facturador gratuito de la DGII para la emisión de las facturas electrónicas, mientras evalúo o desarrollo una posible integración entre ambos sistemas.

Agradecería que me confirmaran si esta modalidad de uso es permitida y si podría generar alguna implicación fiscal o legal, así como cualquier requisito que deba cumplir para operar de esta manera.

Saludos cordiales.

Buenas tardes, Andy. Gracias por contactarnos.

 

No habría inconvenientes con el empleo de un sistema para la gestión de su contabilidad, siempre y cuando la emisión de las facturas electrónicas sea por la vía autorizada y teniendo en cuenta que el Facturador Gratuito no admitirá una interconexión directa con dicho sistema.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

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