4 Mensajes
Consulta sobre la aplicación de retenciones de ISR a obreros contratados por una persona física del sector construcción (Norma General 07-07)
Una persona física registrada como contribuyente del sector construcción. Contrato obreros por día, les pago directamente RD$1,500 por jornada y los fondos provienen del precio que cobro a mis clientes por la ejecución de obras. ¿Debo aplicar la retención del 3 % prevista en la Norma General 07-07 y reportarla en el IR-17, o existe un tratamiento diferente por tratarse de una persona física que paga directamente a los obreros?»
En DGII la activida economica :454101 - INSTALACIONES DE CARPINTERÍA, HERRERÍA DE OBRA Y ARTÍSTICA (INCL. INSTALACIÓN DE PUERTAS Y VENTANAS, CARPINTERÍA METÁLICAY NO METÁ, (pero tambien ofrese servicios como contructor)


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
30.4K Mensajes
hace 8 días
Buenas tardes, Genesis. Disculpe la demora.
En atención a su consulta, le informamos que, por tratarse de una persona física quien realiza los pagos directamente a los obreros y debido a que su actividad económica no corresponde a empresa constructora, no deberá efectuar la retención del 3%.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
2
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
30.4K Mensajes
hace 9 días
Buenos días. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
2
0
Genesis Morel
4 Mensajes
hace 11 horas
En este caso, agradecería que me aclararan lo siguiente:
¿Qué documentación debe conservar el contribuyente para sustentar estos pagos como costos o gastos deducibles en su declaración anual de ISR (IR-1)?
¿Debe efectuar alguna retención de ISR sobre los pagos realizados a los obreros y reportarla mediante el IR-17? De ser así, ¿qué porcentaje corresponde y bajo qué condiciones?
Si los pagos se realizan directamente a cada obrero, sin la intermediación de un maestro constructor o ajustero, ¿cuál es el procedimiento correcto para documentarlos y reportarlos ante la DGII?
Agradecería su orientación para aplicar correctamente las disposiciones fiscales correspondientes a este tipo de operaciones.
Muchas gracias.
0
0