jueves, 28 de mayo de 2026

Consulta sobre inicio de facturación electrónica y reporte de ventas

A la atención de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII):
 
Por medio de la presente me dirijo a ustedes para realizar la siguiente consulta:
 
Mi proceso para obtener la autorización de Comprobante Fiscal Electrónico (FE) fue aprobado inicialmente el día 5 de mayo, y el día 21 de mayo finalizó la validación del sistema confirmando que fui aceptado.
 
He comenzado a emitir mis facturas electrónicas desde el día 22 de mayo, pero tengo dudas sobre:
 
1. ¿A partir de qué fecha debo iniciar oficialmente a realizar las facturas de ventas?

2. ¿Cómo debo reportar las operaciones y ventas que realicé entre el 5 de mayo y el 21 de mayo, antes de que finalizara la validación?
 
Quedo a la espera de su orientación y agradezco de antemano la atención brindada.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Dulce. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que la obligación de emitir facturas electrónicas dependerá del grupo al que pertenezca para la implementación de facturación electrónica. Si pertenece al grupo de los contribuyentes pequeños, micro y no clasificados, deberá emitir exclusivamente comprobantes electrónicos a partir del día 15 de noviembre del presente año. En caso de que pertenezca a uno de los demás grupos, deberá iniciar de inmediato a emitir exclusivamente facturas electrónicas, teniendo en cuenta que el plazo para estos grupos ya se encuentra vencido.

 

En cuanto a cómo reportará las ventas del período de mayo, le informamos que deberá reportar las ventas sustentadas en comprobantes de serie B a través del 607, sin incluir en el archivo los comprobantes electrónicos emitidos en el mes. Al momento de presentar la declaración de ITBIS, el anexo A le presentará las casillas correspondientes a los ingresos por tipo de comprobante disponibles para editar, de modo que podrá considerar en ellas tanto las ventas sustentadas en comprobantes de serie B como las sustentadas en serie E.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.