miércoles, 22 de julio de 2026

CONSULTA SOBRE IMPLEMENTACION DE SOFTWARE

Buenas tardes

me gustaria saber cual es la retencion a aplicar por la implementacion y entrenamiento de un sistema de informatica a una empresa extranjera

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Solución oficial

Buenos días, Maria. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que se debe aplicar retención del ISR en un 15% del valor bruto a pagar al proveedor extranjero por concepto de licencias de software, conforme lo establece el Art. 305 del Código Tributario. No obstante a esto, no se debe aplicar retención del ISR en la transferencia de licencias de software, incluyendo sus actualizaciones y suscripciones, siempre que se trate del traspaso del derecho de propiedad por parte del desarrollador o propietario del software o de cualquier otro bien intangible.

 

Si el servicio de entrenamiento es prestado de manera independiente al otorgamiento de la licencia del software, la retención correspondiente por el entrenamiento será de un 27% del monto a pagar por dicho servicio.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

muchas gracias por la aclaracion

el entrenamiento esta englobado dentro de la misma factura, donde nos cobran la implementacion y entrenamiento por parte de la misma empresa

muchas gracias

Buenas tardes, Maria. Gracias por contactarnos.

 

 Si el entrenamiento viene incluido con la licencia del software, corresponderá solo la retención del 15%.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.