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Consulta sobre Exención de ITBIS para Servicios Migratorios y Legales
Me gustaría saber si los servicios migratorios y legales están exentos del ITBIS según la normativa fiscal
Agradezco su atención y quedo a la espera de su respuesta.
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Me gustaría saber si los servicios migratorios y legales están exentos del ITBIS según la normativa fiscal
Agradezco su atención y quedo a la espera de su respuesta.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 mes
Buenos días, Genesis. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que los servicios migratorios y legales no se encuentran exentos de ITBIS, por lo que deben facturarse con el impuesto estos servicios al momento de su prestación.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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