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Consulta sobre E41 anulados mediante Nota de Crédito y nueva emisión con retención del 3%
Saludos.
Quisiera solicitar orientación sobre cómo debo reportar en el Formato 606 el siguiente caso:
Inicialmente emití varios Comprobantes de Compras Electrónicos E41 a proveedores informales, aplicando la retención de ISR del 2%.
Posteriormente, debido a la entrada en vigencia de la nueva tasa de retención del 3%, procedí a anular esos E41 mediante Notas de Crédito, ya que los comprobantes originales tenían aplicada una retención incorrecta.
Luego de anularlos, emití nuevamente los E41 correspondientes, esta vez aplicando correctamente la retención del 3%.
Mi inquietud es la siguiente:
•¿Debo reportar en el 606 los E41 originales que fueron anulados mediante Nota de Crédito?
•¿Debo reportar las Notas de Crédito emitidas para anular esos E41?
•¿O debo excluir tanto los E41 anulados como las Notas de Crédito y reportar únicamente los nuevos E41 emitidos con la retención correcta del 3%?
En caso de que los E41 anulados no se reporten en el 606, ¿cómo queda sustentada la corrección de la retención del 2% al 3%?
Agradezco mucho su orientación para asegurarme de presentar correctamente tanto el 606 como las retenciones correspondientes.


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