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Consulta sobre Anticipos Pendientes (IR-2 2025) con Cese Temporal Activo
Estimados miembros de la Comunidad de Ayuda DGII,
Escribo para solicitar su orientación respecto a la situación fiscal de mi empresa. Actualmente, la sociedad se encuentra en estado de Cese Temporal debidamente aprobado, con vigencia desde el 1 de mayo de 2026 hasta el 1 de mayo de 2028.
El inconveniente que presento es que el sistema me está reflejando anticipos pendientes de pago que fueron generados automáticamente a partir de la declaración jurada del IR-2 del periodo fiscal 2025. A raíz de esto, me están llegando notificaciones de cobro.
Dado que la empresa no tiene ni tendrá ninguna actividad comercial durante este año por estar en cese, me gustaría consultarles:
¿Cuál es el procedimiento formal que debo seguir para solicitar la eliminación o exoneración de estos anticipos generados?
¿Qué pasos debo dar para que se detengan las notificaciones por este concepto mientras dure el cese?
Quedo a la espera de sus valiosas indicaciones.
De antemano, muchas gracias.



Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
29.9K Mensajes
hace 5 horas
Buenas tardes, Andy. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que los anticipos a los que se refiere debieron ser liquidados en la declaración IR-2 marcada como "cese" que corresponde presentar en la administración local a la que pertenece antes de la solicitud del cese, declarando las operaciones del período en el que solicita el cese. En tal sentido, si esta declaración no fue presentada antes de ser aprobado el cese, le recomendamos acercase a la administración local a la que pertenece con la declaración lista para presentar en físico (anexando el dictamen de auditor correspondiente), a fin de que los anticipos sean liquidados.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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