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martes, 20 de agosto de 2024 13:50

Cerrado

Consulta Retención 27% ISR / Pagos al Exterior / Capacitaciones

Le escribimos para consultar y confirmar, si existe alguna excepción en este tipo de retención al pago al exterior, cuando los servicios brindados por el proveedor extranjero, corresponde a capacitaciones, es decir, en el ámbito de educación.

Solución oficial

Buenos días, Adriana. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que hasta el momento no existen exenciones para este tipo de retención.

 

Se debe aplicar retención del Impuesto Sobre la Renta siempre que los pagos girados al exterior sean de renta de fuente dominicana, tales como:

 

·         Servicios educativos, en un 27%.

·         Adquisición de boletos aéreos, en un 27%.

·         Servicios de publicidad, en un 27%.

·         Arrendamiento del derecho de uso de marca (royalty), en un 27%.

·         Servicios de arrendamiento, asistencia técnica, entrenamientos, capacitaciones, mantenimiento para el uso, operación y funcionamiento de programas informáticos y software, en un 27%.

·         Servicios de transporte o fletes, en un 27%, aplicado a la base del 10% el valor de la factura o conocimiento de embarque y siempre que el suplidor no cuente con un establecimiento permanente en República Dominicana.

·         Comisiones bancarias y de transferencias a entidades en el exterior, en un 27%.

·         Pago por la suscripción anual de membresías, en un 27%.

·         Reservaciones de hoteles, en un 27%.

·         Dividendos, en un 10%.

·         Intereses, en un 10%.

 

 

Base Legal: Ley 11-92, Arts. 272, 297, 305, 306, 306 bis y 308; Norma 07-23, Art. 5.

 

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.