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CONSULTA DE SALDO A FAVOR POR ANTICIPOS - CIERRE DE EIRL
Buenas tardes.
Estamos en proceso de cierre definitivo de una empresa EIRL, registrada únicamente a nombre de mi esposo. Actualmente, la empresa presenta saldo a favor por concepto de anticipos.
Quisiéramos confirmar:
Si ese saldo a favor puede ser transferido o aplicado a otra empresa de mi esposo, en la cual él figura como socio junto conmigo, o
En caso contrario, cuál es el procedimiento correcto para recuperar o compensar ese saldo a favor al momento del cierre.
Agradezco orientación sobre la vía adecuada conforme a la normativa vigente y si aplica solicitud de reembolso, compensación u otro tratamiento fiscal.
Gracias de antemano.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 1 mes
Buenas tardes, Johaissy. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, estos saldos son intransferibles. Para solicitar el reembolso de los mismos, puede seguir los pasos a continuación:
Puede depositarlos en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o al área de Información o Centro de Asistencia de la Administración Local del Contribuyente.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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