EP

miércoles, 21 de febrero de 2024 18:25

Cerrado

Constancia de la retención del ISR a una persona extranjera con "Permiso de no residente".

Saludos,

Mi nombre es Ever Perez (extranjero), trabajo en la República Dominicana como entrenador y tengo permiso de no residente en vigencia. La empresa para la cual trabajo descuenta el ISR, del pago mensual de mi salario. Yo no tengo cedula, residencia, ni RNC en la DGII y no se como verificar el pago mensual de mi ISR a la DGII, ya que nunca recibo una certificación o constancia de la DGII sobre la deducción de este impuesto de mi salario. Quien debe darme una constancia del pago de mis impuestos la DGII o la empresa?

Muchas gracias por su respuesta.

Solución oficial

Buenas tardes, Ever. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si le realizan retenciones de ISR puede solicitar una certificación de asalariados, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Certificaciones (FI-ADML-007), llenado y firmado (en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
  2. Recibo de pago por servicios por valor de trescientos pesos (RD$ 300.00).
  3. Certificación del empleador que indique el puesto desempeñado, tiempo en la posición y salario devengado (aplica en caso de estar laborando).
  4. Carta de autorización del contribuyente (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero).
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante o copia del Pasaporte.
Tiempo de respuesta: 
 
7 días laborables
20 días laborables para las certificaciones con fines consulares.
 
En caso de que no le retengan Impuesto Sobre la Renta, es necesario que se comunique con el Ministerio de Trabajo, con el fin de obtener dicho aval sobre las retenciones realizadas.
 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.