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Confotur Transferencia Morosidad Empresa Vendedora
Buenos dias,
Me dirijo a ustedes para solicitar una precision.
Hemos recibido una notificacion de su servicio como cual el proceso Confotur y me imagino el proceso de transferencia tambien por una unidad que hemos comprado esta bloqueada porque el vendedor / empresa no ha pagado sus impuestos.
Dado que la morosidad que detiene nuestro proceso es por concepto de obligación operativa de la empresa y no una deuda de IPI (Impuesto al Patrimonio Inmobiliario) o Impuesto a los Activos vinculada directamente a la unidad que estamos adquiriendo, entiendo que mi derecho de registro no debe verse afectado por la situación fiscal general del vendedor.
Adjunto a este mensaje la evidencia del criterio emitido por su institución en esa comunidad por otro caso: "Le informamos que, para realizar la transferencia del inmueble, este debe estar al día en el IPI o el Impuesto a los Activos, de lo contrario se le requerirá al comprador el pago del impuesto para efectuar la transferencia. En estos casos, solo se consideran las deudas del inmueble, dentro del patrimonio inmobiliario y no el estado del contribuyente respecto a otros impuestos."
Si me puede precisar, de antes manos, gracias.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27.1K Mensajes
hace 1 mes
Buenas tardes, Philippe. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que las transferencias que no conlleven exención pueden efectuarse aun cuando existan obligaciones pendientes de algunas de las partes, siempre y cuando no correspondan al inmueble a transferir, sin embargo, es requisito para otorgar las exenciones que las partes se encuentren al día con sus obligaciones tributarias, lo cual constituye el motivo de que en este caso se esté impidiendo la transferencia en este caso.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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