Perfil de María Estela García

martes, 3 de diciembre de 2019 14:57

Cerrado

Conferencia internacional

Buenos días,
Mediante una transferencia internacional pagamos los servicios de una conferencista, quien nos emitió la factura por su empresa.  
Cómo debemos proceder para el pago del impuesto correspondiente?
Gracias por la atención.

Solución oficial

hace 5 años

Buenas tardes María, a los pagos realizados al exterior por concepto de prestación de servicios debes realizarle una retención del 27% y emitir un comprobante para pagos al exterior (B17), el cual deberá ser reportado en el Formato de Compras de Bienes y Servicios (606) sin la retención. La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

En caso de que desees más orientación sobre el llenado de estos formularios, te recomendamos consultar los instructivos de llenado y envío accediendo al siguiente enlace https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/itbis/Paginas/default.as...

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Solución oficial

hace 5 años

Gracias a ti Maria, por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII

hace 5 años

Debes de retener el 27% del ISR por pagos al exterior, el mismo se liquida en el formulario IR-17, en la casilla 10 Remesas al Exterior, siempre y cuando que no existan acuerdos con el país hacia donde se remite el pago, como los hay con España y Canadá, que le corresponde la casilla 11 Acuerdos especiales.  
El gasto debo reportarlo sólo en el 609?

 Muchas gracias por su valiosa ayuda.

hace 5 años

Muchas gracias.