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Confección de llaveros Persona Física
Buenos días,
Quisiera saber, si un proveedor informal le confecciona llaveros para regalos a los empleados a una empresa jurídica, que debo retenerle?
Saludos!!
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Buenos días,
Quisiera saber, si un proveedor informal le confecciona llaveros para regalos a los empleados a una empresa jurídica, que debo retenerle?
Saludos!!
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
14.4K Mensajes
hace 6 meses
Buenos días, Kenia. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, en la venta de bienes gravados por parte de una Persona Física registrada como contribuyente a una Persona Jurídica o Negocio de Único Dueño, no aplica retención de este impuesto. No obstante, cuando se trate de Proveedores Informales y contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación (RST), se debe aplicar la retención del 100% del ITBIS generado, en virtud de lo establecido en el Párrafo II del Art. 7 de la Norma 05-2019 y Párrafo II del Art. 9 del Reglamento 265-19 respectivamente.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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