Perfil de Rosanna Castro

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miércoles, 20 de agosto de 2025

Cerrado

CONDICION REGISTRADO

Saludos,

Fui a una administración de DGII para hacer el proceso de solicitud de devolución de ISR de asalariado. En la misma, me indicaron que para este proceso debo de estar registrado en la DGII. Me gustaría saber, que implica estar como registrado en la DGII?, cuales son los requisitos y los pasos para esto? y si quedaría registrada permanentemente en su base de datos o solo sera para este proceso?

Gracias anticipadas.

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Solución oficial

Buenos días, Rosanna. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar la incorporación al RNC como Registrado, llevando a cabo los siguientes pasos, según corresponda:

Por la APP DGII Móvil:

  1. Ingrese a la aplicación DGII Móvil.
  2. Haga clic sobre la opción Inscripción de Registrados del menú Servicios.
  3. Complete los campos del formulario que visualizará en pantalla, marque con un cotejo en Acepto los Términos y Condiciones y pulse en Verificar y Continuar.
  4. Visualizará en pantalla un resumen con los datos colocados, escoja el medio de contacto (teléfono o correo electrónico) para la validación del proceso y presione el botón Enviar Código.
  5. Inserte el código que recibirá a través del medio de contacto elegido y pulse la opción Validar.
  6. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole que su solicitud fue procesada y le mostrará su número de Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

Por la Oficina Virtual:

  1. Ingrese a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú ubicado en la parte superior izquierda, seleccione la opción de Inscripción y Actualización al RNC.
  3. En el campo Tipo de Solicitud, seleccione Inscripción al RNC, elija la opción Registrados (Empleados, Propietarios de vehículos e Inmuebles, etc.) del listado disponible en el campo Inscripción al RNC y pulse el botón Siguiente.
  4. Complete los campos correspondientes a sus Datos Generales, su Domicilio y Datos del Contacto.
  5. Luego de haber completado correctamente todos los renglones, marque con un cotejo en Acepto los términos y condiciones y pulse Guardar y Continuar.
  6. El sistema le mostrará un resumen con los datos colocados. Digite un correo electrónico (email) y pulse Enviar. Inserte el código que recibirá vía correo y pulse Validar.
  7. El sistema le enviará un mensaje indicando que su solicitud ha sido procesada, que ya se encuentra registrado y le mostrará su número de RNC.

Importante:

  • El correo electrónico colocado en el formulario de inscripción debe guardar relación con el contribuyente y no debe estar registrado en nuestra base de datos.
  • En caso de tener requisitos pendientes el sistema le dará una alerta, indicándole que estos deben ser completados. 
  • En caso de querer efectuar alguna corrección a los campos llenados, pulse “Rechazar Cambios”. 
  • Esta opción solo está disponible para la inscripción de registrados con las siguientes actividades económicas:
    • Diplomáticos y/o Cónsules.
    • Empleados (Asalariados).
    • Empleados y Obreros. 
    • Impuesto Sucesoral. 
    • Obreros. 
    • Operaciones De Motocicletas. 
    • Operaciones Inmobiliarias, Inversionistas.
    • Extranjeros. 
    • Operaciones Vehículos De Motor.
    • Otros Servicios (Estudiantes, Amas De Casa, Pensionados). 
    • Participación En Empresas. 
    • Tenencia De Inmuebles Para Fines De Vivienda (No Comercial).

De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial (CAP) o en el área de informacion de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Declaración Jurada para la Inscripción y Actualización de Datos de Registrados (RR-01) llenado y firmado.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante.
  3. Carta de autorización firmada (en caso de que un tercero sea el que realice la solicitud).
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (en caso de que un tercero sea el que realice la solicitud.

Tiempo de respuesta: inmediato. En casos de extranjeros o cuando la cédula del registrado inicie con “402”, el tiempo de respuesta de la incorporación será de 3 días laborables.

Importante:
- Este registro no lo faculta para operar como contribuyente, por lo cual no podrá emitir facturas ni solicitar Números de Comprobantes Fiscales.

- Si es asalariado no tendria ninguna implicacion a nivel fiscal.

- Estará registrado de por vida.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.