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lunes, 12 de febrero de 2024 23:45

Cerrado

conculta tecnica

Buenas, 

me gustaria saber si el impuesto sobre la renta anual de la persona juridica se paga del 27% de la renta neta imponible, del 1% de los activos o del que sea mayor, ¿ entonces si tenemos un credito por energia renobable se puede rebajar de cualquiera de estas dos formas de pagar el impuesto?

Solución oficial

Buenos días, Wilfredo. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, a partir del ejercicio fiscal 2015, la tasa del Impuesto Sobre la Renta que deben pagar las Personas Jurídicas es de un 27%, en caso de no tener ganancias, estaría pagando el 1% de los Activos o en caso de que este último sea mayor.

 

El crédito seria en el Impuesto Sobre La Renta.

 

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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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