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Comprobantes regímenes especiales (B14)
Buenas, tengo una inquietud.
¿Se pueden emitir comprobantes B14 con ITBIS, en aquellos casos en los que el tipo de servicio o producto lo amerite? O en esos casos ¿se emite un B01?
Tengo una caso de una empresa, que esta bajo el régimen de zona franca, y le facturaron un B14 con itbis, por un tipo de servicio que le brindaron.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Yanery. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, la funcionalidad de los Número de Comprobantes para Regímenes Especiales (NCF del Tipo B14) es para facturar las transferencias de bienes o prestación de servicios exentos del ITBIS y/o ISC a las personas físicas o jurídicas acogidas a regímenes especiales de tributación mediante leyes especiales, contratos o convenios debidamente ratificados por el Congreso Nacional, por lo que, si la referida transacciones fue por la prestación de un servicio y/o la transferencia de un bien gravado con el ITBIS deberá anularse y emitir un Comprobante Fiscal de Crédito Fiscal (B01).
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