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lunes, 19 de diciembre de 2022 12:09

Cerrado

Comprobantes regímenes especiales (B14)

Buenas, tengo una inquietud.

¿Se pueden emitir comprobantes B14 con ITBIS, en aquellos casos en los que el tipo de servicio o producto lo amerite? O en esos casos ¿se emite un B01? 

Tengo una caso de una empresa, que esta bajo el régimen de zona franca, y le facturaron un B14 con itbis, por un tipo de servicio que le brindaron.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Yanery. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, la funcionalidad de los Número de Comprobantes para Regímenes Especiales (NCF del Tipo B14) es para facturar las transferencias de bienes o prestación de servicios exentos del ITBIS y/o ISC a las personas físicas o jurídicas acogidas a regímenes especiales de tributación mediante leyes especiales, contratos o convenios debidamente ratificados por el Congreso Nacional, por lo que, si la referida transacciones fue por la prestación de un servicio y/o la transferencia de un bien gravado con el ITBIS deberá anularse y emitir un Comprobante Fiscal de Crédito Fiscal (B01).

 

Puede visualizar en detalle una respuesta genérica de nuestra base de consultas de esta Comunidad de Ayuda, accediendo a traves del siguiente enlace: https://cutt.ly/C0O66mt

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.