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Comprobantes Fiscales de Serie B y Serie E
Buenos días,
¿Me podrían ayudar con estas dudas?
- ¿Cuál es la diferencia entre la serie B y E de los Comprobantes Fiscales?
- ¿Los de serie B son los CF físicos de facturas tradicionales y los de serie E son de los e-CF para facturas electrónicas?
- ¿La única diferencia sería entonces que una serie es para facturas tradicionales y la otra para facturas electrónicas?
Muchas gracias por su tiempo.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.6K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes. Samir. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, la diferencia entre estas es que la serie B se refiere a los comprobantes tradicionales establecidos desde el 1 de mayo de 2018 (en sustitución de la antigua estructura: serie A), los cuales deben ser emitidos impresos en papel y almacenados físicamente por un período de 10 días conforme lo establecido en el literal h), art. 50 del Código Tributario. En tanto que la serie E, fue creada mediante la Norma General 05-2019 y solo podrá ser emitido electrónicamente por los contribuyentes autorizados previamente por la DGII a través de un sistema de desarrollo propio, a través de Proveedores de servicios de facturación electrónica certificados por la DGII o el Facturador Gratuito.
Dentro de los beneficios de utilizar la facturación electrónica se encuentran los siguientes:
Importante: El uso de la facturación electrónica es obligatorio en todo el territorio de la República Dominicana a partir de la entrada en vigencia de la Ley. De manera excepcional, se permitirá el uso de la factura de papel para las contingencias establecidas en dicha ley.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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