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Comprobantes fiscales de gastos funerarios para la Declaración Jurada de Sucesiones.
Buen día.
Una de las deducciones permitidas en la Declaración Jurada de Sucesiones, son los gastos funerarios con NCF con valor fiscal. En ese sentido, me gustaría saber cómo una persona física que no está registrada en la DGII (Asalariado o Informal), podría utilizar sus gastos funerarios en la Declaración Jurada de Sucesiones, si a la misma solamente se le debe emitir comprobantes fiscales de consumo?
Saludos cordiales.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Carlos. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, a fin de que le sea emitido un Número de Comprobante Fiscal de Crédito Fiscal (NCF del Tipo B01) debe incorporarse al RNC como persona física sin obligaciones tributarias (condición de registrado) a través del siguiente enlace: https://cutt.ly/V23958w.
Una vez se encuentre incorporador puede solicitarle facturas de crédito para fines sucesorales a la institución donde efectuó los gastos clínicos, funerarios y de enterramiento.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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