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Comprobantes Electrónicos E47 - Reporte 606
Buenos días,
Si soy facturador electrónico, emito comprobantes E47, ¿es necesario que reporte estos comprobantes en los formatos 606 y 609?
Muchas gracias,
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Buenos días,
Si soy facturador electrónico, emito comprobantes E47, ¿es necesario que reporte estos comprobantes en los formatos 606 y 609?
Muchas gracias,
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Gustavo. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, sí deben realizar el reporte del formato de envío 606 y 609, ya que los emisores electrónicos no tienen la obligación de remitir los formatos de envío de datos 607 y 608.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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