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Comprobantes E41 Y E43
Buen día,
1-Que pasa si al realizar un E41 O E43,me equivoco en los datos o el valor y ya fue recibido por la dgii, como se puede corregir?
2-Como se corrige una factura electrónica CONDICIONAL, donde veo el motivo, y luego de corregir se puede volver a enviar y no se duplica?
3-?Que es el servicio web de anulación y como funciona?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 6 meses
Buenas tardes, Olga. Gracias por contactarnos.
Para corregir o anular un comprobante electrónico (e-CF) debe emitir una nota de crédito o débito electrónica, según aplique, o utilizar el servicio web de anulación, según corresponda.
En ese mismo orden, en el caso de las facturas condicionales, la información que requiera corrección deberá ser ajustada en las próximas facturas a emitir. Sin embargo, si desea corregir la factura actual, deberá emitir una nota de crédito para proceder con la anulación y posterior reemisión con los datos corregidos.
Asimismo, el servicio web de anulación es una interfaz tecnológica (API) que permite que los sistemas de facturación electrónica de los contribuyentes se comuniquen directamente con la DGII para reportar la anulación de un e-CF (como una factura electrónica) que fue emitido de manera válida, pero que por alguna razón debe ser cancelado.
Importante:
• El servicio web de anulación solo podrá ser utilizado en los casos en que el e-CF haya sido emitido y firmado, pero aún no se haya enviado a la DGII. Una vez enviado a DGII , deberá anularse mediante la emisión de una nota de crédito electrónica (E34).
• Este procedimiento también aplica para la anulación de e-CF autogenerados (compras, gastos menores y pagos por servicios al exterior).
• Las notas de débitos/créditos solo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.
• Los comprobantes fiscales electrónicos (serie E) no pueden ser modificados por un comprobante (nota de crédito/débito) serie B.
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